Os informamos de la publicación del Plan Renove de Ventanas de Castilla – La Mancha
Plazo de presentación de solicitudes: Del 21 Abril 2015 al15 Octubre 2015
Objeto: Convocar ayudas para la sustitución de ventanas en viviendas por otras de mayor eficiencia energética en el ámbito territorial de Castilla – La Mancha.
Destinatarios: Las personas físicas que sustituyan las ventanas de las viviendas sitas en Castilla – La Mancha, en los términos y condiciones previstos en la orden.
Requisitos: Los beneficiarios deberán cumplir:
a) Tener domicilio fiscal en Castilla – La Mancha.
b) Realizar la sustitución de ventanas en viviendas particulares situadas en Castilla –
La Mancha.
c) Estar empadronado en la vivienda al menos a la fecha de convocatoria.
d) No estar incurso en los supuestos de incompatibilidad contemplados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla La Mancha.
e) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones. Las actuaciones subvencionables
son:
a) La sustitución de ventanas en su conjunto (marco y acristalamiento).
b) La instalación de dobles ventanas (marco y acristalamiento)
c) La sustitución de cristales.
Las ventanas instaladas deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 8 de la orden de ayudas (Más información)
Importe: La cantidad destinada para la convocatoria de subvenciones de 2015, será
de 658.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria
17.09.0000G/722A/78553 fondo 697.
Cuantía de las ayudas:
a) 110 euros / m2 para sustitución de ventanas (cristales y marcos) e instalación de dobles ventanas (cristales y marcos)
b) 24 euros / m2 para sustitución de cristales, (solo cristales)
Límite de 3.000 euros por beneficiario y vivienda Las ayudas, en ningún caso, podrán superar el 35 % del coste de la actividad subvencionada. Se incluye como coste subvencionable la adquisición y la mano de obra, IVA incluido.
No se incluye como concepto subvencionable las mosquiteras o persianas, aunque vengan como conjunto en la ventana. Los cerramientos acristalados de terrazas, tendederos o similares, solo serán subvencionables cuando se trate de renovarlos. No serán subvencionables por tanto los cerramientos cuya instalación sea nueva y no se realice en sustitución de alguno existente Las actuaciones subvencionables extenderán sus efectos desde el 16 de octubre de 2014 hasta el 15 de octubre de 2015.
Más información: https://www.jccm.es/tramitesygestiones/ayudas-para-la-sustitucion-de-ventanas